La ministra tuvo que concretar que "solo se controlará" y en ningún caso se prohibirá la venta, como se había difundido en un principio.
El Ministerio cuenta con la ayuda de varios expertos del sector con el fin de lograr una ley con "beneficios para todos".
Entre sus medidas, se encuentra un aumento de las multas por infracciones y daños al animal, que oscilan entre 100 y 3.000 euros (leves), 3.000 y 30.000 euros (graves) y los 30.000 hasta 200.000 euros (muy graves). En este último grupo se encontrarán, como novedad, la excesiva exhibición y exposición de los animales en los escaparates con fines comerciales.
El Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente trabaja en un anteproyecto de ley
que incluye la normativa básica del comercio y tenencia responsable de perros y
gatos, con la que controlar la venta de animales en las tiendas de mascotas,
así como su exhibición y exposición en escaparates con fines comerciales, lo
cual podría conllevar una multa de hasta 200.000 euros.
La ministra de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Isabel García Tejerina, tuvo que
negar que la ley que prepara su departamento sobre animales domésticos vaya a
prohibir la venta en tiendas, tal y como se había publicado en un principio. En
los pasillos del Senado, explicó que su Ministerio prepara un anteproyecto de
ley sobre animales domésticos para dotar de mayor protección a las mascotas.
"No se va a
prohibir la venta", aseguró, pero sí se pondrán determinadas condiciones
para esa venta, con la finalidad de fomentar una "compra responsable, no
compulsiva" y evitar que los animales "sufran". Las
organizaciones animalistas llevan tiempo reclamando la prohibición de la venta
de animales en tiendas para evitar la cría indiscriminada y el abandono, y
fomentar las adopciones.
Miguel Arias Cañete
anunció el pasado 4 de abril, en una de sus últimas apariciones públicas como
ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, que su departamento
estaba trabajando en una ley para proteger a los perros y los gatos. Fuentes
cercanas al Ministerio afirmaron a Servimedia que técnicos de este
departamento comenzaron a trabajar en el anteproyecto de ley a finales del año
pasado consultando a diferentes expertos del sector para recabar sus
sugerencias.
La propuesta del
Gobierno es un texto con 30 artículos, dos disposiciones adicionales, dos
disposiciones transitorias y cinco disposiciones finales, según un borrador del
anteproyecto de ley al que tuvo acceso Servimedia.
El texto tiene como
finalidad establecer las normas básicas en materia de comercio y de tenencia
responsable de perros y gatos, regular las inspecciones y los controles para
verificar su cumplimiento, y fijar un régimen de infracciones y sanciones. La
ley se ciñe exclusivamente a perros y gatos, si bien quedan excluidos "los
animales propiedad de los ministerios de Defensa o Interior y sus organismos
autónomos o adscritos a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y de la policía
local".
Además, considera que
un animal está abandonado cuando no tiene microchip o su propietario no ha
denunciado su extravío, y que está perdido cuando su dueño ha puesto en
conocimiento de las autoridades esta situación en un plazo máximo de siete
días. El texto también diferencia criador ocasional del habitual. Así, el
primero es el que dona o vende hasta cinco animales o una camada al año y el
segundo, cuando supera esta cifra de perros o gatos.
Entre las
prohibiciones recogidas por el anteproyecto de ley, están maltratar, torturar o
someter a cualquier práctica que produzca sufrimiento, daños inútiles o
innecesarios a algún perro o gato; abandonarlos, matarlos sin aplicación
eutanásica veterinaria, utilizarlos en peleas, amputarles las orejas o la cola
y utilizarles "en espectáculos públicos o actividades publicitarias que
les causen angustia, dolor o sufrimiento, o utilizarlos de forma ambulante como
reclamo".
El texto recoge que
"queda prohibida la comercialización de animales en las tiendas de
mascotas, así como su exhibición y exposición al público con fines
comerciales", además de vender, donar o entregar en adopción a un perro o
gato sin identificación mediante microchip. Los propietarios de perros y gatos,
así como los centros de acogida de mascotas abandonadas, están sujetos a
obligaciones para garantizar el bienestar de los animales, que deberán contar
necesariamente con un microchip identificativo.
Las multas por
incumplir la ley oscilan de los 100 a 3.000 euros (infracciones leves), los
3.001 y los 30.000 euros (infracciones graves), y los 30.001 y los 200.000
euros (infracciones muy graves). Está considerado como infracción muy grave la
venta de animales en tiendas de mascotas; matar un perro o gato si no es por
motivos de bienestar animal, sanidad animal, salud pública, orden público o
medioambientales; utilizar a los animales para peleas, el abandono cuando
desemboca en la muerte de la mascota y practicar mutilaciones al margen de los
supuestos permitidos por la autoridad competente.
Fuente: elEconomista
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